Las bancadas del Partido Acción Nacional y Morena, libran una feroz batalla por instalar a la nueva Mesa Directiva, lo que podría traer una parálisis legislativa.


Querétaro, Qro. a Miércoles 1 de Octubre del 2025.— La crisis política en la LXI Legislatura escaló luego de que 13 diputados decidieran instalar una sesión alterna para votar la conformación de una nueva Mesa Directiva, tras el anuncio del presidente Gerardo Ángeles Herrera de reanudar los trabajos hasta el próximo 14 de octubre.
Ulises Gómez de la Rosa, en su calidad de vicepresidente y asumiendo funciones de presidente, reanudó la sesión que había sido suspendida por Ángeles el día anterior. Con la presencia de legisladores de Morena, el Partido del Trabajo y una de las dos diputadas del PVEM —mientras PAN, PRI y Movimiento Ciudadano se ausentaron— se realizó una votación por cédula para renovar la presidencia de la Mesa Directiva.
El resultado favoreció a la diputada del Partido Verde, Georgina Guzmán Álvarez, quien fue electa presidenta de la Mesa Directiva hasta el 2 de abril de 2025.
¿Qué dice la Ley?
La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Querétaro señala que el presidente de la Mesa Directiva es la única figura facultada para decretar recesos en las sesiones:
Artículo 126, fracción IV: “El Presidente de la Legislatura presidirá las sesiones de la Legislatura y declarará los recesos”.
Artículo 62 (Moción de receso): “Los diputados podrán pedir que la sesión entre en receso […] Corresponde a la Presidencia de la Legislatura, en su caso, decretar el receso y determinar su duración”.
Artículo 126, fracción XXV: “Declarar recesos, cuando concurran causas que dificulten el curso normal de las deliberaciones o cuando con ello se favorezca la obtención de consensos”.
En otras palabras, el presidente puede suspender una sesión por desorden en el recinto, por dificultades en el desarrollo de la misma o para facilitar consensos, y tiene discrecionalidad para fijar la duración del receso.
Supuestos de destitución
La misma ley prevé la posibilidad de relevar al presidente de la Mesa Directiva, pero únicamente bajo condiciones específicas:
Artículo 129: “El Presidente de la Legislatura podrá ser relevado en su cargo, por notorio y reiterado incumplimiento de sus responsabilidades, cuando exista solicitud presentada por escrito, debidamente fundada, motivada y firmada por al menos diecisiete diputados”.
Esto significa que la destitución no se da por una sola falta, sino que debe acreditarse un incumplimiento reiterado de las obligaciones y contar con el respaldo formal de 17 legisladores.
En este contexto, la decisión de 13 diputados de instalar una Mesa Directiva alterna carece de los requisitos legales para sustituir al presidente en funciones, aunque exhibe la fractura política al interior del Congreso.
El episodio anticipa un periodo de fuerte tensión legislativa, donde los próximos días serán decisivos para definir si se logra un acuerdo entre las bancadas o si continúa la disputa por el control de la Mesa Directiva.