Los nuevos lineamientos sobre derechos de las audiencias son cuestionados por posibles contradicciones legales y conceptos ambiguos.
Ciudad de México, a miércoles 12 de agosto de 2026.- Los lineamientos para garantizar los derechos de las audiencias, actualmente sometidos a consulta pública por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), generaron cuestionamientos de especialistas y legisladores por el alcance de algunas disposiciones, particularmente aquellas relacionadas con sanciones y regulación de contenidos.
Adriana Labardini, excomisionada del extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), señaló que el proyecto incorpora conceptos que podrían resultar ambiguos y, en algunos casos, exceder las atribuciones conferidas por la legislación vigente a la autoridad reguladora.
Lineamientos y facultades de la autoridad*
Labardini sostuvo que el proyecto podría contradecir disposiciones de la reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión aprobada en 2025, debido a que contempla sanciones económicas contra concesionarios que no atiendan recomendaciones formuladas por sus defensores de las audiencias.
“Me preocupa que claramente los lineamientos excedieron, se brincaron las trancas de la ley, y creo que eso no va a aguantar la prueba más laxa de legalidad”, afirmó.
La excomisionada explicó que la legislación contempla sanciones económicas en determinados supuestos, entre ellos cuando un concesionario incumple con la presentación de su código de ética ante la autoridad o cuando no designa a su defensor de las audiencias y establece los mecanismos correspondientes.
“No pueden sancionarla porque no siguió una recomendación del defensor. Esa atribución no la tiene, en la ley, la comisión y eso sería un claro ejemplo de ilegalidad”, sostuvo.
Asimismo, cuestionó el concepto de “programadora” incluido en el proyecto, al considerar que no establece con precisión su alcance frente a contenidos distribuidos mediante internet y plataformas digitales.
De acuerdo con Labardini, el marco legal regula servicios como radio sonora, televisión abierta, multiprogramación y televisión restringida, pero no contempla de la misma manera contenidos difundidos mediante redes sociales, podcasts o plataformas como YouTube.
“No es una ley que esté regulando contenidos audiovisuales o sonoros transmitidos por internet; no regula ni catálogos de videos como YouTube, ni redes sociales, ni podcasts”, puntualizó.
Derechos de las audiencias y libertad de expresión
Otro de los aspectos planteados durante el debate corresponde a la aplicación de los derechos de las audiencias a servidores públicos que difunden información desde espacios gubernamentales.
Labardini señaló que deberá determinarse cómo se aplicarían criterios relacionados con veracidad, oportunidad y diferenciación entre información y opinión en espacios oficiales, incluida la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum.
“Lo interesante será cómo van a aplicar estos derechos de las audiencias también a informadores que son servidores públicos”, dijo.
Por otra parte, el senador panista Agustín Dorantes Lámbarri advirtió que las disposiciones podrían generar riesgos para la libertad de expresión y permitir que el gobierno tenga una participación que, a su consideración, podría afectar la confianza de los medios.
En contraste, el senador morenista Javier Corral defendió la propuesta y descartó que represente un riesgo de censura. “He podido revisar (la propuesta de lineamientos) y, sinceramente, no veo ningún riesgo de censura en el diseño que plantean”, afirmó.
La propuesta permanece en consulta pública, por lo que las observaciones formuladas durante este proceso podrán incorporarse al análisis previo a la eventual emisión de las disposiciones definitivas.


